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Ayudas para la adquisición y uso de vehículos eléctricos, en el marco del Proyecto piloto de movilidad eléctrica

Descripción:

Título Resolución de 20 de diciembre de 2010, de la Secretara de Estado de Energía, por la que se publica la Resolución del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las bases reguladoras para la segunda convocatoria del Programa de Ayudas del IDAE para la Adquisición y Uso de Vehículos Eléctricos, en el marco del Proyecto Piloto de Movilidad Eléctrica, dentro del Plan de Activación del Ahorro y la Eficiencia Energética 2008-2011 y del Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2004-2012. (BOE número 2, de 3 de enero de 2011.) Objetivos/Finalidad El objeto del presente Programa de ayudas, en su segunda convocatoria, es incentivar la adquisición y el uso de vehículos con tecnologías de tracción tal que la principal fuente de suministro de energía sea la red general eléctrica y que favorezcan el ahorro y la mejora de la eficiencia energética en el sector del transporte, todo ello en el marco del Plan de Activación del Ahorro y la Eficiencia Energética 2008-2011 y del Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2004-2012, y en coherencia con la Estrategia Española de Impulso del Vehículo Eléctrico 2010- 2014. Requisitos Podrán acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada. No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Documentación a Presentar Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación: a) Particulares: Fotocopia del DNI. Certificado de Hacienda de estar al corriente en sus obligaciones tributarias. b) Administraciones Públicas: Copia de la tarjeta de identificación fiscal. Acreditación de la representación legal del firmante de la solicitud de ayuda. c) Empresas, Fundaciones y Asociaciones: Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal, o DNI si es empresario individual. Fotocopia del último recibo del impuesto de actividades económicas (IAE). En caso de estar exento del pago del mismo, deber presentar declaración jurada de dicha exención de acuerdo con la legislación vigente y copia de la declaración censal en la que aparezca el alta en el epígrafe correspondiente. Para entidades excluidas del alta del IAE, declaración jurada de encontrase excluidas, con indicación expresa del motivo, de acuerdo con la legislación vigente. Acreditación actualizada de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Dicha acreditación deber tener una antigüedad máxima de un mes con respecto a la fecha de solicitud de la ayuda. La presentación de la solicitud de subvención implicar la autorización del solicitante para que el IDAE obtenga de forma directa por medios telemáticos la acreditación de estar al corriente con obligaciones tributarias. En el caso de empresas dedicadas al arrendamiento de vehículos, deberán presentar un compromiso por escrito, firmado por el representante legal de la empresa, de mantener el vehículo durante 36 meses en su patrimonio, o bien, si ocurriera antes, hasta que dicho vehículo hubiese recorrido una distancia de 60.000 km. Acreditación de la representación legal del firmante de la solicitud de ayuda. Todos los solicitantes deberán presentar, debidamente firmada, la declaración responsable acerca de la solicitud, otorgamiento y/o percepción de cualesquiera otras subvenciones concedidas por otras administraciones públicas o entes públicos o privados, para la financiación de la actuación objeto de la solicitud de ayudas que, a tal efecto, se recoge en el formulario de solicitud. Formularios Anexo I. Solicitud Adhesión Comercio/Concesionario Autorellenable Anexo II. Solicitud de Ayuda - Particulares Autorellenable Anexo III. Solicitud de Ayuda - Empresas, Asoc... Autorellenable Anexo IV. Solicitud de Ayuda - Admin. Públicas Autorellenable Anexo V. Formulario de Datos de Seguimiento Autorellenable Plazo de Presentación El plazo para la presentación de solicitudes de ayudas concluir el 31 de marzo de 2011, o si ocurriera antes, cuando se agote el presupuesto disponible establecido en el apartado tercero de las presentes bases. Hasta el 31 de marzo de 2011. Lugar de Presentación Las solicitudes correspondientes se canalizarán a través de los comercios y concesionarios de vehículos adheridos al Programa, según el siguiente procedimiento: a) Los concesionarios/comercios que deseen participar en el Programa MOVELE deberán, previamente, adherirse al mismo, cumpliendo los compromisos establecidos en el apartado decimocuarto de estas bases, mediante la presentación en el IDAE de la ficha de adhesión (Ficha 01 del Anexo) disponible en la página www.idae.es, junto con la documentación que en dicha ficha se contempla. La adhesión podrá llevarse a cabo desde la entrada en vigor de esta resolución hasta la fecha de finalización del programa. Los concesionarios/comercios ya adheridos al Proyecto MOVELE con anterioridad a la presente convocatoria, a través del procedimiento establecido en la resolución de este Instituto de 26 de junio de 2009 (B.O.E. número 160, de 3 de julio), seguirán siendo considerados como concesionarios adheridos en la presente convocatoria, no requiriéndose por tanto una nueva acreditación y registro de los mismos. b) El comprador/beneficiario se dirigir a un concesionario/comercio adherido al programa y elegir cualquiera de sus vehículos contemplados en el Catalogo MOVELE. El comercio/concesionario podrá comprobar, en tiempo real a través de la página web del IDAE, el volumen de fondos disponible dentro del Programa y efectuar, en su caso, la correspondiente reserva de presupuesto. c) A los efectos de la reserva de presupuesto se habilitar por el IDAE un sistema on line que deber activarse por el concesionario/comercio adherido, a través de la web del IDAE. Para efectuar dicha reserva, el concesionario/comercio adherido deber cumplimentar, de forma telemática, el formulario de solicitud según el tipo de solicitante y que, a tal efecto, estar disponible en la web del IDAE. Una vez efectuada la reserva, el concesionario/comercio dispondrá de un plazo máximo de tres meses, desde que active la reserva de presupuesto para la presentación de la documentación requerida por el apartado undécimo de las presentes bases. En todo caso, un comercio/concesionario adherido no podrá disponer de más de cinco reservas activas, procediéndose a la anulación automática de la activación de reserva cuando el comercio/concesionario no hubiere aportado la documentación correspondiente en el plazo establecido. d) Cada reserva de presupuesto podrá comprender más de un vehículo siempre que estos sean destinados para un mismo comprador. El potencial comprador de los vehículos, cuyos datos serán recogidos por el concesionario en el correspondiente formulario al efectuar la reserva, no podrá ser sustituido por otro en el momento de realizar la venta de los vehículos. e) El comercio/concesionario adherido al Programa deber ofertar el precio de los vehículos aplicando, después de impuestos, el descuento de la ayuda establecido en el Catalogo MOVELE para los mismos en el momento de la solicitud. f) Una vez adquiridos los vehIr a enlace

Fecha: 2011-03-31

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