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Cambios sobre el IRPF: Estos ciudadanos no están obligados a presentar la Declaración de la Renta

06/02/2024

Cambios sobre el IRPF: Estos ciudadanos no están obligados a presentar la Declaración de la Renta

El próximo 3 de abril de 2024 comenzará la Campaña de la Renta 2023-2024. Sin embargo, no todos los contribuyentes en España están obligados a rendir cuentas sobre el IRPF y presentar la Declaración de la Renta.

Desde el Gobierno de España explican que «el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que deben pagar al Estado los ciudadanos residentes en España. Grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona».

Así, en función de sus ingresos anuales a lo largo de todo un ejercicio, y las correspondientes aportaciones del IRPF, cada contribuyente debe rendir cuentas con la Agencia Tributaria.

En ocasiones, el usuario aporta más cantidad de IRPF, por lo que la Agencia Tributaria le debe devolver la cantidad aportada de más tras la realización de la Declaración de la Renta. En otros casos ocurre al contrario, por lo que es el ciudadano quien debe pagar una determinada cantidad a Hacienda.

Cambios en los límites sobre el IRPF

La Agencia Tributaria establece cada año unos límites de ingresos respecto a los contribuyentes que tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta. Es decir, los contribuyentes que tengan ingresos inferiores a los establecidos por Hacienda no estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta.

Así, las personas con un único pagador e ingresos inferiores a 22.000 euros, no están obligadas a presentar la Declaración de la Renta en el año 2024. Es importante recordar que la Declaración de la Renta de 2024 se corresponde con el ejercicio fiscal del año 2023.

Además, las personas con dos pagadores o más e ingresos inferiores a 15.000 euros tampoco tendrán la obligación de presentar la Declaración de la Renta en el año 2024, siempre que el segundo pagador y sucesivos generen ingresos iguales o superiores a 1.500 euros. Este límite ha subido de 14.000 a 15.000 euros en 2024.

Igualmente, los profesionales de ‘CaixaBank’ explican que «también se amplía ese límite para pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas en los casos en los que el pagador no esté obligado a retener o cuando sean rendimientos sujetos a tipo fijo de retención».

Con todo ello, también existen ciertos contribuyentes que no están obligados a rendir cuentas sobre el IRPF, debido a su condición. Por ejemplo, las pensiones de incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez están exentas de declarar el IRPF, tal y como se recoge en la normativa de la Agencia Tributaria.

Calendario fiscal en 2024

Desde el 3 de abril de 2024 al 1 de julio de 2024, los contribuyentes podrán presentar la Declaración de la Renta de forma online. Actualmente, la mayoría de ciudadanos realiza este trámite a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Así, desde el 7 de mayo al 1 de julio de 2024, los contribuyentes podrán presentar la Declaración del IRPF por vía telefónica; mientras que desde el 3 de junio al 1 de julio de 2024, lo podrán hacer de manera presencial. Para ambas vías, es necesario obtener cita previa con antelación.

No estar obligado a presentar la Declaración de la Renta no significa que no se pueda hacer. Es más, puede resultar interesante en caso de que el resultado sea beneficioso para el ciudadano. Se puede conocer el resultado de la declaración realizando el correspondiente borrador en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.




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