26/07/2013
Modificacin de la Ley de Propiedad Horizontal en materia de accesibilidad Imagen de una vivienda en miniatura entre las manosLa Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitacin, regeneracin y renovacin urbanas publicada el pasado 27 en el BOP, modifica diversas leyes y reales decretos, entre ellas la Ley de Propiedad Horizontal. As en la disposicin derogatoria de la nueva ley, se derogan los artculos 8, 11 y 12 de la Ley de Propiedad Horizontal, mientras que en la disposicin final primera se modifican los artculos 2, 3, 9, 10 y 17 y su disposicin adicional. En concreto, y en lo que se refiere a la accesibilidad, interesan los cambios introducidos en el artculo 10, que a su vez fue reformado por el nmero uno del artculo 15 de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptacin normativa a la Convencin Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, como ya informamos en su da. La nueva redaccin del artculo 10 implica las siguientes novedades. a) Se elimina el apartado que exclua del pago de las obras de accesibilidad a las unidades familiares con ingresos anuales inferiores a 2,5 veces el IPREM. b) Se ampla la obligacin de la Comunidad a realizar las obras cuando el coste supere las doce mensualidades ordinarias de gastos comunes siempre que los solicitantes de dichas obras asuman el resto de dicho coste. Hay que recordar que hasta ahora en caso de superarse las doce mensualidades desapareca la obligacin de la comunidad a realizar las obras aun cuando los interesados quisieran asumir la cantidad restante. Fuente: FAMS-COCEMFE Sevilla