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Virgen de Consolación

El Gobierno aprueba el anteproyecto de Ley de Salud Pblica que luchar contra las desigualdades en salud

04/03/2011

El Gobierno aprueba el anteproyecto de Ley de Salud Pblica que luchar contra las desigualdades en salud

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, a propuesta de la ministra de Sanidad, Poltica Social e Igualdad, Leire Pajn, el anteproyecto de Ley General de Salud Pblica, que pretende luchar contra las desigualdades en salud y garantizar los derechos y deberes de los ciudadanos. El anteproyecto, consensuado con las comunidades autnomas, "quiere servir para reforzar las acciones preventivas y de promocin y proteccin de la salud de acuerdo con lo recogido en el artculo 43 de las Constitucin, as como establecer las bases para las actuaciones de las distintas adminitraciones en salud pblica". En este sentido desde Sanidad recuerdan que, "hasta la fecha", las estructuras sanitarias "se han centrado ms en la atencin sanitaria y la resolucin de enfermedades que en la prevencin", por este motivo, han visto necesario el desarrollo de esta nueva normativa. "La salud pblica trata de promover la salud, prevenir la enfermedad y prolongar la vida mediante esfuerzos organizados de la sociedad y aunque los servicios sanitarios son imprescindibles para hacer frente a las enfermedades, no son los principales condicionantes del estado de salud", explica. As, aunque la "finalidad ltima" de esta norma es "alcanzar y mantener el mximo nivel de salud de la sociedad espaola" estableciendo las bases generales para que las diferentes, estipula que se deber garantizar los derechos y deberes, "tanto individuales como colectivos respecto a las prestaciones de salud pblica, la promocin y la prevencin de la salud". Tambin, entre sus objetivos, se encuentra conseguir "la consideracin de la salud como efecto de otras polticas con la adecuada coordinacin entre el sector salud y otros sectores"; "disminuir las desigualdades injustas en salud, sean territoriales, sociales, culturales o de gnero"; y, finalmente, "establecer los instrumentos necesarios" para la correcta planificacin y coordinacin en Espaa. Hay que tener encuenta que, actualmente, comunidades como Valencia, Catalua, Castilla y Len o Baleares tienen sus propias Leyes de Salud Pblica y, proximamente, comunidades como Andaluca o Extremadura la estn desarrollando. Por este motivo, desde Sanidad afirman que "se hace necesario coordinar la regulacin sobre la materia que han ido desarrollando las comunidades autnomas". Por otra parte, la norma recoge por primera vez en el mundo la vigilancia de los condicionantes sociales de la salud, en materia de derechos y deberes. Asimismo, entre las obligaciones de las Administraciones se especifica el deber de garantizar la independencia y la transparencia de sus actuaciones en salud pblica. En el captulo de las desigualdades, en materia de actuaciones de prevencin, promocin y proteccin de la salud el anteproyecto pone especial nfasis en la prevencin de la discapacidad y en evitar intervenciones de salud pblica innecesarias o de eficacia no demostrada cientficamente con el objeto de evitar molestias innecesarias en los ciudadanos. DIFERENTES ORGANISMOS DE COORDINACION Con el fin de reforzar la coordinacin de los sistemas de alerta, la norma establece la organizacin y funciones de los Sistemas de Informacin y de Vigilancia de la Salud Pblica desde una perspectiva integral que recoja todos los condicionantes de la salud. De este modo, en primer lugar, se articula la Red Espaola de Vigilancia en Salud Pblica de la que depender la Red Espaola de Laboratorios en Salud Pblica, que permitir disponer de las tcnicas y procedimientos de mxima calidad para la deteccin y anlisis de cualquier riesgo para la salud pblica. La Ley recoge adems el desarrollo de diversos centros que servirn para la planificacin y coordinacin de la salud pblica en Espaa. En este sentido, se crear el Centro de anlisis de polticas y actuaciones en salud pblica, que tiene como objetivo la realizacin de asesoramiento tcnico y la evaluacin en el mbito de la Administracin General del Estado. Asimismo, llevar a cabo labores de asesoramiento tcnico y cientfico y de evaluacin de intervenciones de salud pblica en el mbito de otras administraciones, instituciones o entidades interesadas. Adems, consolidar como rgano de coordinacin la Comisin de Salud Pblica, dependiente del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, para garantizar la cohesin y equidad de las actuaciones de salud pblica y su integracin en todas las polticas con impacto en salud. Y, por ltimo, tambin se crear el Consejo Espaol de Salud Pblica como rgano colegiado de consulta y participacin, adscrito al Ministerio de Sanidad, Poltica Social e Igualdad, en el que estarn representados los departamentos de la Administracin General del Estado cuyas polticas inciden en la salud y aquellas otras Administraciones, organismos y organiaciones que aseguren una adecuada gobernanza del sistema. En definitiva, la futura Ley supondr una mejora para el bienestar de la poblacin y la sostenibilidad de los servicios sanitarios y sociales.




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