17/08/2010
El Ministerio de Fomento prepara una orden ministerial que regula la obligacin de las compaas de transporte martimo de contar con personal experto convenientemente formado en atencin a pasajeros con discapacidad o con movilidad reducida. Segn inform el Comit Espaol de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), el nmero mnimo de tripulantes de cada buque que hayan recibido la formacin y obtenido el correspondiente certificado deber ser de cinco como mnimo, aunque se ampliar en proporcin al desplazamiento y caractersticas tcnicas del buque y al nmero total de camarotes y plazas destinadas a pasajeros con discapacidad. Adems, todas las compaas navieras titulares de buques que operen en lneas regulares de pasajeros debern establecer para cada buque un protocolo de actuacin, para garantizar la asistencia a los pasajeros con discapacidad durante las operaciones de embarque y desembarque, en la travesa y en situaciones de emergencia. Las navieras debern tambin asegurar que los tripulantes que tengan asignadas tareas de atencin al colectivo hayan realizado un curso de formacin y hayan obtenido el correspondiente certificado de formacin. La orden ministerial que prepara Fomento, y que ha sido sometida a consultas del Cermi para hacer observaciones de mejora, desarrolla los aspectos de un real decreto que regula las condiciones bsicas de accesibilidad y no discriminacin para el acceso y utilizacin de los modos de transporte. Fuente: Servimedia